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Entre las principales funciones de CEDRO se encuentra la recaudación de derechos económicos que genera la utilización de obras protegidas por el Derecho de Autor y su posterior reparto entre sus correspondientes titulares.
Recaudación: CEDRO recauda cada año los derechos económicos generados por la reproducción de las obras objeto de su gestión, así como por el préstamo público y los reparte entre sus legítimos titulares, autores y editores.
Existen cuatro vías de recaudación de derechos por ciertos usos de obras impresas protegidas por el Derecho de Autor y cuya gestión está enconmendada a CEDRO:
- Compensación por copia privada: la Ley de Propiedad Intelectual establece una cantidad que están obligados a pagar a CEDRO los fabricantes e importadores de equipos, aparatos y soportes idóneos para llevar a cabo reproducciones para uso privado de libros y publicaciones asimiladas, que según la ley no requieren autorización
- Copia licenciada: remuneración que se obtiene como contraprestación por las licencias que CEDRO concede a empresas, centros de enseñanza, organismos públicos y otras instituciones por el uso de las obras que integran su repertorio. (Más información)
- Copia del extranjero: recaudación procedente de las entidades extranjeras homólogas a CEDRO por las reproducciones de obras españolas en otros países.
- Remuneración por préstamo: recaudación por el préstamo de obras protegidas en bibliotecas e instituciones similares.
En los últimos años, la recaudación ha sido la siguiente:
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Años |
Derechos recaudados (en millones de euros) |
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2004 |
26,94 |
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2005 |
30,15 |
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2006 |
40,70 |
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2007 |
46,27 |
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2008 |
41,55 |
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2009 |
24,47 |
Reparto: cada año CEDRO reparte entre sus correspondientes titulares los derechos económicos que recauda durante el ejercicio anterior, una vez descontadas las cantidades destinadas a:
- desarrollar la función social prevista por la Ley (formación, promoción y asistencia de autores y editores),
- al fondo que establecen los Estatutos de CEDRO (acciones y servicios en beneficio de sus miembros), y
- hacer frente a los gastos de administración.
El reparto de derechos se realiza de acuerdo con un Reglamento aprobado por la Asamblea General de Asociados de la Entidad. El Reglamento de Reparto está definido con el objetivo de que la distribución de derechos resulte equitativa y proporcional y excluya todo tipo de arbitrariedad, tal y como establece la Ley de Propiedad Intelectual.
El reparto consiste básicamente en asignar un valor económico a cada obra objeto de reparto y distribuirlo entre sus correspondientes titulares de derechos. Por regla general, del valor asignado a cada obra corresponde un 55% al autor o autores y en un 45% a la editorial.
Entran en el reparto de cada año:
- los libros publicados en los tres años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten,
- las publicaciones periódicas editadas en los dos años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten, y
- las partituras musicales publicadas en los cinco años inmediatamente anteriores al año de recaudación de los derechos que se reparten.
El valor que se asigna a cada obra se determina en función de varios criterios:
- Materias: en el caso de los libros, en el reparto se tiene en cuenta su tema o materia. Se asigna a cada una de ellas un porcentaje de los derechos a repartir, en función de su volumen de fotocopiado de acuerdo con el estudio estadístico sobre la fotocopia en España que realiza CEDRO*. La cantidad resultante se reparte entre todas las obras que tengan asignada esa materia en la base de datos de la Agencia Española del ISBN. - Precio de Venta al Público (PVP): CEDRO tiene en cuenta el PVP de cada libro que entra en el reparto, tal y como figura en la base de datos de la Agencia Nacional del ISBN.
- Números publicados: de cada revista que entra en el periodo de reparto, se tienen en cuenta los números publicados.
*cada dos años CEDRO realiza un estudio estadístico, que permite conocer, entre otra información, la distribución por materias de las páginas fotocopiadas de libros editados en España, la distribución de las páginas fotocopiadas por tipo de publicación (libros, revistas, publicaciones periódicas, etc)., el país de origen de la publicación y la distribución de las páginas fotocopiadas por ámbitos de reproducción (copisterías, empresas, centros de enseñanza, organismos de la Administración Pública, bibliotecas, etc.).
En los últimos años, las cantidades repartidas han sido las siguientes:
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Años |
Derechos repartidos (en millones de euros) |
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2006 |
22,39 |
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2007 |
25,12 |
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2008 |
31,76 |
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2009 |
23,42 |
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2010 |
11,03 |
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