El futuro del préstamo público en el ámbito digital

27/12/2011

El futuro del préstamo público en el ámbito digital

Por Olav Stokkmo, Director Ejecutivo de IFRRO

En marzo de este año Amazon informó de que su venta de libros electrónicos superó la venta de libros impresos. De los 135 miembros de IFRRO, 15 administran el préstamo público (PLR) en colaboración con otros asociados implicados en el reparto de esta remuneración. El PLR existe en muchos países del mundo para compensar a los titulares de derechos por el préstamo de sus obras en las bibliotecas. Una reducción de compras y préstamos de obras en papel por las bibliotecas afectará a los ingresos de los titulares por el  préstamo público. ¿Hay entonces un futuro para el PLR en la era digital?

Generalmente podemos distinguir tres modelos de préstamo digital. Uno de ellos es el del «Club del libro»: Amazon (Kindle) y Barnes&Nobles (Nook) ofrecen el préstamo de ciertos libros electrónicos en base a contratos con las editoriales. El comprador del libro puede prestarlo gratuitamente una sola vez a otra persona por un período de 14 días. Durante ese tiempo el libro no está a su disposición. Plataformas en Internet, como Bookfling, Lendle.me y BookLending, facilitan el préstamo en línea de libros Nook y/o Kindle del siguiente modo: el prestamista y el prestatario se registran en la plataforma correspondiente. El prestamista informa de los libros que quiere prestar, y por otra parte recibe de la plataforma de préstamo el nombre y el correo electrónico del potencial prestatario y el título que éste querría pedir. Posteriormente, el prestador autoriza al vendedor, por ejemplo, Amazon, para que envíe el título al prestatario. 

A través del segundo modelo, «Préstamo por biblioteca», por ejemplo, el sitio OpenLibrary.org ofrece a sus usuarios acceso mediante préstamo en línea a unos 80.000 libros de 150 bibliotecas colaboradoras. Siempre que se registre en OpenLibrary.org, un usuario de la biblioteca puede pedir prestado hasta 5 títulos de forma gratuita, por un período de 14 días para leerlos en el ordenador, en iPad u otro dispositivo electrónico personal. NetLibrary, de OCLC, y Overdrive permiten a sus usuarios registrados, y que dispongan de la tarjeta de la biblioteca, pedir prestado títulos disponibles en la reserva digital. En Alemania un 10% de las bibliotecas públicas ofrece el préstamo electrónico a través de e-Divibib, que ofrece servicios también a bibliotecas de Austria, Suiza e Italia. En otros países, como Dinamarca y Suecia, han aumentado notablemente las bibliotecas que ofrecen e-préstamos.
 
Un tercer modelo es el «Préstamo por el editor». La editorial inglesa Bloomsbury ofrece e-préstamos desde su página web Public Library Online a través de distintas bibliotecas. Doce editoriales participan en esa iniciativa. Los títulos ofrecidos se distribuyen en «estantes» de 10 libros, agrupados por «temas», por ejemplo, el « thriller». La biblioteca paga una cuota anual con el fin de poder autorizar a sus usuarios el préstamo gratuito de los libros.

Stephanie Duncan, de Bloomsbury, distingue tres tipos de e-préstamo:

• e-préstamo tratado de la misma manera que los libros impresos: la biblioteca solo puede suministrar una copia por cada préstamo de cada copia de un título adquirido, por un período limitado, por ejemplo 14 días: el título se descarga, se utiliza DRM y el préstamo está restringido por la ubicación geográfica. Este servicio únicamente se permite al usuario que dispone de la tarjeta de usuario de la biblioteca.

• Préstamo en «streaming»: a la biblioteca y a sus clientes se les ofrece acceso a los libros directamente desde la página web del editor sin posibilidad de descarga de la obra, se firman licencias de sitio y se utiliza DRM.

• La biblioteca adquiere bajo una licencia un catálogo que pone a disposición de sus usuarios

Con el desarrollo del préstamo bajo contratos la pregunta es: ¿existe también una base para los regímenes del préstamo público digital? El PLR digital, que compensa a los autores para el préstamo de audio-libros y ciertos libros electrónicos siempre que se presten al usuario en soportes electrónicos proporcionados por las bibliotecas, existe actualmente, aunque muy limitado, en países como Reino Unido.

En mi opinión, la cuestión fundamental es: si aumenta el e-préstamo bajo licencia que incluya la remuneración para los titulares por este tipo de uso, ¿cuál sería la base para un régimen de PLR digital? Ya que el sistema de PLR se basa en una limitación en la ley al derecho de autor, ¿cuál sería la línea de demarcación entre el préstamo bajo derecho exclusivo y en base a contratos y el que se basa en una limitación a los derechos exclusivos que podría permitir el préstamo público digital?  

La remuneración por el préstamo público de obras protegidas desempeña un papel esencial para el fomento de expresiones culturales. La disminución de la venta de obras en soporte papel y el aumento de la venta de copias digitales podría dar lugar a una reducción de la compensación a los titulares por el préstamo público. El abanico de regímenes existentes de préstamo público no representa necesariamente la única solución para remediar esa situación. Podría ser adecuado para los autores y las organizaciones de PLR evaluar si hay formas alternativas para compensar a los autores y editores por el e-préstamo de sus obras.  

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