Redes sociales y propiedad intelectual en la comunicación corporativa

08/03/2022

Redes sociales y propiedad intelectual en la comunicación corporativa

Por Patricia Valiño,
asesora de propiedad intelectual de CEDRO.


En la actualidad, el marketing de redes sociales o SMM (Social Media Marketing) es una de las principales herramientas de comunicación de empresas y organizaciones. Los contenidos que estas difunden en sus redes sociales son un motor de desarrollo de negocio, reflejan su imagen y valores y contribuyen a la construcción de su marca.


Pueden parecer un espacio de comunicación de cierta incertidumbre en materia de propiedad intelectual, dado lo relativamente reciente de estas redes y la falsa percepción de que todo aquel contenido que circula en internet es lícito o de libre acceso. 

Desde CEDRO vamos a recordar algunas ideas clave para hacer uso con seguridad jurídica y calidad de este excelente medio de comunicacion social.  

La regla general: siempre hay que contar con autorización del titular de derechos para utilizar una creación

Toda obra está protegida por el mero hecho de su creación, sin necesidad de registro o de cualquier otro requisito administrativo. Bajo este «principio de protección automática» que reconoce el tratado internacional Convenio de Berna, las redes sociales no son una excepción; por lo tanto, para compartir contenidos en ellas debemos tener la autorización de su titular de derechos. Contar con dicha autorización será la regla general para utilizar con seguridad, en nuestra red social corporativa, textos, dibujos, informes de terceros, imágenes o incluso la fotografía que un fotógrafo profesional nos hizo con motivo de una entrevista que concedimos.

¿Y las ediciones digitales de prensa?

Con frecuencia las ediciones digitales de diarios y revistas digitales facilitan botones sociales para «compartir» determinados contenidos. Esta herramienta constituye una autorización y, por tanto, no hay inconveniente en que compartamos mediante ese enlace el contenido en nuestras redes. Estamos compartiendo URLs o links a la edición digital original. Sin embargo, no sucederá lo mismo con los artículos protegidos que los editores reservan solo a clientes con suscripciones o prensa bajo muros de pago. En ese caso, no debemos compartir estos textos e imágenes escaneándolos, fotografiándolos o reproduciéndolos de cualquier forma en nuestros perfiles sociales, ya que deberemos dirigirnos al titular de derechos para solicitar dicha autorización.  

Consulta las condiciones de uso o aviso legal de las redes sociales

Meta, LinkedIn, Twitter… todas las redes sociales cuentan con un aviso legal o condiciones de uso donde podemos informarnos sobre titularidad de derechos, usos no permitidos o posibles infracciones. Los departamentos de comunicación y creadores de contenidos de empresas deben consultarlos y conocerlos. 

Respeta siempre la integridad de la obra y cita al autor

Como siempre que hacemos uso de la obra de un tercero, también cuando la compartimos en una red social, debemos respetar su integridad y esta no debe ser objeto de alteraciones, traducciones no autorizadas o modificaciones totales o parciales. Igualmente, siempre debemos reconocer la fuente o autoría.

Emplea contenidos originales, evita la piratería

Sabemos que las redes sociales son una de las principales vías de acceso a la piratería y también de su difusión. Todos los contenidos que divulgamos en nuestras redes deben ser originales. Si, por ejemplo, queremos publicar en Twitter una viñeta de Tintín o Mafalda, esta debe ser la original y no una de las múltiples réplicas piratas que pueden circular por la red. Lo mismo ocurre con cualquier contenido: debemos contar con autorización del titular de derechos y reproducir obras originales obtenidas lícitamente.

Y recuerda que tus contenidos originales también deben ser respetados por terceros

Las empresas también son creadoras de los contenidos que elaboran, siempre que sean originales. Estos forman parte de sus activos intangibles y son objeto de propiedad intelectual: estudios, informes, podcast… Quien quiera utilizar o difundir este material, también en redes sociales, deberá solicitar autorización al titular de derechos, es decir, a la empresa.

Integrar el respeto al derecho de autor en el uso de redes sociales por parte de las empresas contribuye al desarrollo de la cultura, al sostenimiento de la prensa de calidad, enriquece la experiencia de los internautas y refleja la calidad y excelencia de los profesionales de los departamentos de comunicación, reforzando así también la propia marca de la organización.


© de la imagen: Patricia Valiño.

Ver más comentarios
Gracias por el comentario, su comentario debe ser aprobado primero
Nuevo código

Os invitamos a comentar las entradas de nuestro blog.

Los comentarios están moderados, no aparecen en el blog de forma inmediata.

Se publicarán todos los comentarios salvo los que no tengan que ver con los temas tratados o contengan insultos o descalificaciones.

De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, le informamosque los datos que facilite serán tratados por CEDRO para poder tramitar su comunicación. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal.

Usted cuenta con los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento y portabilidad, respecto de sus datos de carácter personal, así como con la posibilidad de revocar su consentimiento, pudiéndolos ejercitar por escrito a la dirección cedro@cedro.org, donde haga mención a su nombre, apellidos y dirección de correo electrónico. Para más información pinche en la Política de Privacidad.

comment-avatar