El proyecto de Oficina Española de Derechos de Autor y Conexos

20/09/2022

El proyecto de Oficina Española de Derechos de Autor y Conexos

Lara Chaguaceda Bermúdez 
Subdirectora General de Propiedad Intelectual 

España es una potencia cultural a nivel global y la propiedad intelectual es un activo esencial de este sector que, sin duda, constituye un vector estratégico para el desarrollo económico y social de nuestro país, así como una herramienta clave para la proyección exterior de nuestra imagen en el mundo.   

 

 


Las Industrias Culturales y Creativas, que aportan alrededor de un 3,4% al PIB y de un 3,6% al empleo total, con más de 710 mil puestos de trabajo, se han incluido dentro de las 10 políticas palanca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por su capacidad de arrastre sobre la actividad y el empleo de nuestro país y, en definitiva, por su efecto transformador de nuestro modelo productivo, tanto a nivel económico, como a nivel social. Y todo el tejido empresarial y profesional que configura las Industrias Culturales y Creativas de nuestro país se asienta sobre el sistema normativo e institucional la propiedad intelectual; es decir, sobre la regulación y las políticas relacionadas con los derechos de autor y con los demás derechos conexos.  

Es evidente que la propiedad intelectual constituye una pieza fundamental, tanto para la protección del proceso creativo como para el mercado que se genera en torno a las obras y prestaciones fruto de la creación, combinando en un complejo equilibrio derechos y mecanismos de protección de tales derechos frente a sus posibles vulneraciones, con sistemas de cesión y licenciamiento de los mismos, de tal modo que se garantice un retorno equitativo para todos los que contribuyen a la cadena de valor del sector cultural. 

La creciente digitalización no ha hecho más que incrementar ese valor y añadir sofisticación al mercado generando nuevas situaciones o lagunas jurídicas que es necesario abordar. Esto ha provocado que, en los últimos años, se ha haya venido produciendo una constante expansión de la actividad normativa relacionada con los derechos de autor y derechos conexos, especialmente en el marco de la UE. 

En los últimos años, internet se ha convertido en el principal canal de reproducción y comunicación pública de los bienes intangibles que son, precisamente, el objeto de protección de la propiedad intelectual, y las plataformas han revolucionado el consumo de contenidos culturales de todo tipo: musicales, audiovisuales y, por supuesto, también editoriales. En paralelo, los nuevos desarrollos de la tecnología digital, como la inteligencia artificial o los activos virtuales no fungibles basados en la tecnología blockchain, están adquiriendo cada vez más importancia en el sector, debido a su creciente aplicación a la creación artística de todo tipo y a su mercado.  

Al mismo tiempo, la digitalización y transformación de los usos de obras y prestaciones protegidas se está acompañando de nuevas formas de vulneración o estrategias de piratería que aprovechan las diversas funcionalidades de las nuevas tecnologías y, en particular, de las redes sociales, para infringir los derechos de propiedad intelectual mediante la comunicación pública no autorizada.  

De acuerdo con los resultados del “Observatorio de piratería y hábitos de consumos digitales” de 2021, recientemente presentados por La Coalición de creadores e industrias de contenidos, entre los principales motivos para acceder a contenidos ilícitos se encuentra el hecho de que los usuarios no saben distinguir entre plataformas legales e ilegales y en relación con los mecanismos para acceder a dichos contenidos ilícitos destaca el crecimiento de las redes sociales. Como resultado de esta lacra, el lucro cesante para las Industrias Culturales y Creativas en España por efecto de la piratería ascendió a 2.271 millones de euros, alrededor de un 27% de la fracturación actual de las industrias, lo que implica a su vez más de 650 millones de euros en forma de ingresos públicos no percibidos y alrededor de 112 mil puestos de trabajo directos e indirectos no creados. 

Además, de acuerdo con los datos del estudio “Riesgos y daños que plantea la vulneración de los DPI en Europa – Campaña de concienciación 2021”, desarrollada por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), existen pruebas que confirman cada vez más el “vínculo entre los delitos contra la propiedad intelectual y otros delitos, como el tráfico de drogas, el trabajo forzado, la ciberdelincuencia, el fraude o el blanqueo de capitales”. 

Todo lo anterior tiene importantes consecuencias para el sistema normativo e institucional de los derechos de autor y conexos que, como ya se ha señalado, se encuentra en el centro del enorme potencial de desarrollo de las Industrias Culturales y Creativas de nuestro país. Esto no es nuevo, pero la velocidad de los avances tecnológicos y la globalización de los mercados imponen ritmos de reacción cada vez más rápidos.  

A pesar de ello, España se viene enfrentando a estas oportunidades y amenazas sin herramientas adecuadas y suficientes para abordar los retos y las oportunidades que el rápido desarrollo del mercado digital nos exige.  Por ello, es importante abordar este momento único con visión estratégica y trabajar para mejorar la capacidad de respuesta de la Administración ante las exigencias de un sector dinámico e innovador como es el cultural; es decir, trabajar para que España pueda posicionarse como un líder internacional en el sector cultural, generando con ello crecimiento y empleo sostenibles y de calidad.  

En este contexto, no aprovechar el impulso transformador del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia para avanzar en las políticas estructurales en materia de propiedad intelectual supondría arriesgarse a perder la ocasión de que España ocupe un lugar entre las economías más competitivas e innovadoras a nivel global. 

Pero resulta prácticamente imposible abordar tal empresa con una estructura administrativa obsoleta, que apenas ha variado en los últimos años, a pesar del incremento de sus competencias y responsabilidades. Para muestra, el botón (o los botones) que suponen las nuevas competencias de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, la aplicación, por parte de la Sección Segunda de dicha Comisión, de las últimas modificaciones del procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet, la necesidad de ganar presencia en los foros internacionales y europeos y, en general garantizar la efectividad de las políticas de defensa y promoción de la propiedad intelectual que pasan por una compleja e intensa labor de elaboración y tramitación normativa, registro y mecanismos de supervisión, esenciales para el buen funcionamiento del sector. 

La posibilidad de contar con una oficina nacional con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y, en definitiva, una autonomía de gestión que permita la correcta realización de la actividad administrativa que corresponde al Estado en materia de propiedad intelectual es una oportunidad para empezar a paliar la posición de debilidad y falta de liderazgo estratégico de España en esta política desde una posición reforzada. 

La dependencia orgánica de la Oficina Española de Derechos de Autor y Conexos del Ministerio de Cultura y Deporte, al más alto nivel, será garantía de la esencial coordinación de sus actividades con las demás políticas públicas que se llevan a cabo desde este Ministerio, mientras que su naturaleza de organismo público y, en particular, de organismo autónomo le otorgará la flexibilidad administrativa necesaria para adaptarse en un entorno tan cambiante y retador como el descrito. 

Inicialmente, las funciones y competencias que se le asignen serán las actualmente atribuidas a la Subdirección General de propiedad Intelectual y a la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, en materia de propiedad intelectual. Ello incluye las competencias del Registro de Propiedad Intelectual que, a pesar de no tener carácter constitutivo tiene un gran potencial en el contexto antes descrito, cada vez más líquido y cambiante y de las dos Secciones de la Comisión de propiedad Intelectual, cuya modernización administrativa es urgente, tal y como suele ponerse de manifiesto por parte tanto de los titulares de derechos, como de los usuarios.  

Además, el refuerzo de la estructura administrativa irá también dirigido a mejorar la capacidad institucional para llevar a cabo las funciones que actualmente ya se ejercen en materia de propiedad intelectual, entre las que destacan, por un lado, las competencias relativas a la vigilancia del cumplimiento de la legalidad, tanto ex ante, a través de las funciones de supervisión, como ex post, mediante el eventual recurso a la potestad sancionadora, y por otro, las funciones regulatorias, lo que redundará en la mejora de la calidad normativa en la materia, un aspecto que también es frecuentemente demandado tanto por los interesados, como por profesionales jurídicos que actúan en el sector. 

Una mejor arquitectura organizativa permitirá, en el medio plazo, una mayor y mejor especialización de los empleados públicos dedicados y ello redundará, sin duda, en la calidad, eficacia y eficiencia de las políticas públicas en la materia. 

Muchos dirán, o dicen, que la creación de un organismo público no es la panacea, pero en este caso es, sin duda, un gran paso en la buena dirección
 

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